Comité Paritario
El Comité Paritario actualmente se encuentra encabezado por el Profesor Mauricio Ferreira.
A continuación los representantes tanto de la Empresa como de los trabajadores.
Representantes de la Empresa | ||||
![]() |
![]() |
|||
Srta. Daniela Sanhueza Trabajadora Social |
Sra. Karen Kandia Profesora Diferencial |
Representantes de los Trabajadores | ||||
![]() |
![]() |
|||
Sr. Mauricio Ferrira Profesor de Historia |
Srta. Ingrid Sepúlveda Profesora Diferencial |
COMITES PARITARIOS DE ORDEN, HIGIENE Y SEGURIDAD
¿Qué son?
El Comité Paritario de Higiene y Seguridad (CPHS) es el organismo técnico de participación entre la empresa y trabajadores para detectar y evaluar los riesgos de accidentes y enfermedades profesionales.
Los Comités Paritarios son obligatorios en empresas con más de 25 trabajadores y deben estar integrados por tres representantes de la empresa y tres de los trabajadores.
Sus principales funciones son:
Asesorar e instruir a los sobre la correcta utilización de los instrumentos de protección.
Vigilar el cumplimiento tanto por parte de las empresas como de los trabajadores, de medidas de prevención, higiene y seguridad.
Investigar las causas de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales que se produzcan en la empresa.
Decidir si el accidente o enfermedad profesional se debió a negligencia inexcusable del trabajador.
Indicar la adopción de todas las medidas de higiene y seguridad que sirvan para la prevención de riesgos profesionales.
Cumplir las demás funciones o misiones que le encomiende el organismo administrador respectivo (Instituto de Seguridad Laboral).
Promover la realización de cursos de adiestramiento destinados a la capacitación profesional de los trabajadores en organismos públicos o privados autorizados para cumplir esta finalidad o en la misma empresa, industria o faena.
Las decisiones adoptadas en el ejercicio de las atribuciones que les encomienda la Ley N°16.744 serán obligatorias para la empresa y los trabajadores.
Los requisitos necesarios para ser miembro de un comité paritario, en calidad de representante de los trabajadores, son:
- Tener más de 18 años.
- Saber leer y escribir.
- Un año de antigüedad en la empresa.
- Acreditar mediante certificado de haber realizado el curso de orientación en prevención de riesgos, dictado por el Organismo Administrador del Seguro Social de la Ley N° 16.744.